gesfime_admin 24 de marzo de 2020 0 Comments

Cuánto tengo que pagar a Hacienda por la venta de un piso

Cuánto tengo que pagar a Hacienda por la venta de un piso

La alegría de haber vendido un piso se viene un poco abajo cuando nos damos cuenta de que esto conlleva cumplir con ciertas obligaciones tributarias, en Gesfime  te explicamos  lo que cobra Hacienda por la venta de un piso:
Fundamentalmente, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), un impuesto que pagan todas las personas que tienen su residencia habitual en España.
Este tributo se hace de manera individual y es el resultado de los rendimientos obtenidos durante un año, relacionados con las actividades económicas. En el caso de que se haya vendido un piso en el año 2019, habrá que dar cuenta de estos ingresos en el 2020. Cuando presentamos la declaración de la renta tendremos que indicar las ganancias o pérdidas derivadas de esa operación de venta, y el importe a pagar será el resultado de la operación del precio por el que se vendió la vivienda menos el precio por el que se había comprado más los impuestos derivados de la compra, junto con el valor de las posibles reformas. A ese importe de venta también se le restan los gastos derivados de la transmisión, como impuestos municipales o comisiones de las agencias inmobiliarias. El resultado es la ganancia patrimonial y la Agencia Tributaria cobrará de la siguiente forma:

  • Un 19%  de 0€ a 6.000€
  • Un 21% desde 6000€ hasta 50.000€
  • Un 23% a partir de 50.000€

Pero no siempre tenemos que pagar, ya que hay casos exentos como por ejemplo:

  • Reinversión de la vivienda habitual: que consistiría en que la totalidad del importe de la venta de un piso sirva para comprar una nueva vivienda habitual.
  • La dación en pago: las personas que hayan tenido una ganancia patrimonial derivada de la dación en pago de su vivienda para satisfacer una deuda hipotecaria.
  • Mayores de 65 años: que están libres de tributar por la venta de su vivienda habitual, al igual que personas que se encuentren en situación de dependencia severa y justifiquen legalmente su caso.