gesfime_admin 8 de junio de 2020 0 Comments

Los libros de actas en las juntas de propietarios

Los libros de actas en las juntas de propietarios

Cada vez que nos juntamos con los propietarios en las reuniones de la comunidad de vecinos, todas las decisiones que se proponen y a los acuerdos a los que se llegan, deben de estar recogidos en algún sitio. Esto es fundamental para poder evitar reclamaciones por parte de cualquiera de los asistentes y no asistentes a la reunión. Tal circunstancia motiva que se utilicen los famosos libros de actas. En ellos van recogidas y firmadas todas las decisiones tomadas que afectan a todos los vecinos. Es por eso, que en Gesfime, queremos recordarte cuáles son los datos más importantes que debes conocer para su buen manejo.

Los libros de actas son un importante elemento a tener en cuenta en las Juntas de Propietarios, ya que reflejan las decisiones tomadas en estas reuniones que afectan a todos los vecinos. Por eso es importante tener clara una primera cuestión directamente relacionada con ellos y es la de nombrar quién va a ser la persona responsable de tenerlo bajo custodia. Esta labor corresponde generalmente al secretario de la comunidad de vecinos, o puede recaer en el administrador de fincas. En cualquiera de los casos, dicha persona obligatoriamente deberá velar por el buen estado de conservación del libro. Por si no lo sabes, además, este debe permanecer dentro de la comunidad durante un largo periodo de tiempo. Concretamente, un plazo de unos cinco años, sin que se pueda borrar ni cambiar nada de lo aparece en él.

En cuanto a la información que debe portar, lo que se reflejará en él son las actas de las juntas de propietarios, donde aparecerán la fecha y lugar de celebración de la junta, el autor o autores que han promovido la convocatoria y si tienen un carácter ordinario o extraordinario. Una vez que finalice la misma, además de recoger todos los acuerdos a los que se han llegado, se deberá anotar las personas que han asistido, los cargos que pueden ostentar, los propietarios representados, indicando las cuotas de participación y por supuesto, el orden del día de la reunión.